¿Quién tiene que pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados al solicitar una hipoteca? ¿el Banco o el Consumidor?

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Hace pocos días que han saltado las alarmas debido a la nueva sentencia del supremo  en la que se establece que es el banco quien debe hacerse cargo del impuesto de AJD (Actos Jurídicos Documentados) en las escrituras públicas de la hipoteca.

Este impuesto grava los documentos notariales. En el caso de la hipoteca, este impuesto grava la escritura de dicha hipoteca, y deberá proceder a su liquidación aquel que adquiera el bien o el derecho. Además la cuantía de dicho impuesto es competencia de las Comunidades Autónomas, que establecen un porcentaje que oscila entre el 0.5% y el 2%.

Hasta ahora el comprador de la vivienda es el que se hacía cargo del pago de dicho impuesto además de los gastos de la compra de la vivienda. El cliente debía asumir dicho pago por ser él quien adquiría la propiedad(“el bien”). Sin embargo, el nuevo fallo del supremo del 16 de octubre de 2018 cambia las reglas haciendo responsable del abono del tributo al Banco que concede la hipoteca.

El tribunal justifica lo siguiente:  «No nos cabe la menor duda de que el beneficiario del documento que nos ocupa [la escritura del préstamo hipotecario] no es otro que el acreedor hipotecario, pues él (y solo él) está legitimado para ejercitar las acciones (privilegiadas) que el ordenamiento ofrece  a los titulares de los derechos inscritos».

Esta nueva sentencia abre la puerta a las reclamaciones, pues para una vivienda de 100.000€ puede suponer entre 500 y 2000 euros que se habrían pagado “de más” por el consumidor.

Sin embargo, esta nueva sentencia del supremo aún debe ser ratificada por el Pleno, quien debe votar si debe ser el Banco o el hipotecado el que se haga cargo de dicho gasto. Justifican que dicha decisión tendría una elevada repercusión a nivel económico y social, ya que el coste que deberían asumir los bancos se acabaría traduciendo en un incremento a los precios hipotecarios.

En total según la Agencia Negociadora, se evalúa un coste de unos 4.000 millones de euros. Hasta que el Pleno se pronuncie, no existe “via libre” para solicitar dicha reclamación y no hay garantías de obtenerla. Aún así cualquier interesado puede consultar con un abogado para asesorarse de forma profesional sobre su caso particular.


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Fuente: Idealista y Elpais

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