Una vez firmadas las escrituras, debe realizar una serie de tareas importantes, algunas de las cuales pueden ser gestionadas por su agente inmobiliario con su aprobación. También puede utilizar un gestor seleccionado por el Notario, asegúrese de saber cuánto le costará por adelantado. Si va a pedir una hipoteca, su prestamista insistirá en que su gestor sea quien se encargue de pagar los impuestos necesarios y de inscribir la hipoteca y el título en el registro de la propiedad.
Notificación inmediata por fax al registro de la propiedad
Una vez firmada la escritura, el notario enviará por fax una notificación de la transacción al registro de la propiedad a petición del comprador. Esto es para que nadie más pueda inscribir la misma propiedad en el registro de la propiedad durante los próximos 10 días.
Pagar los impuestos resultantes de la compra
Sólo pagará el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP) cuando compre una propiedad de segunda mano. Viene junto con otro impuesto llamado IAJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados). Para saber más sobre los impuestos visite nuestro post Impuestos al comprar una propiedad en España
Todos los impuestos deben pagarse en el banco autorizado en un plazo de 30 días laborables a partir de la firma de las escrituras. Antes de que el título de la propiedad pueda inscribirse en el registro de la propiedad, tendrá que demostrar que ha pagado todos los impuestos. Necesitará su número de NIE, el formulario correspondiente y la copia simple para pagar los impuestos. El banco lo notificará a la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
Si ha comprado la propiedad a un no residente, también tendrá 30 días para pagar la retención de impuestos que se le ha practicado al vendedor y esto debe hacerse a través de bancos autorizados. Tendrá que presentar un justificante de este pago antes de que se pueda realizar cualquier inscripción. También está obligado a compartir este comprobante con el vendedor y su abogado, ya que si no lo hace, le será imposible reclamar la devolución de los impuestos si éstos son mayores que su obligación.
Si se ha acordado el pago de la plusvalía, ésta debe abonarse al ayuntamiento en los 30 días siguientes a la venta. Una vez más se paga a través de un banco, pero tendrá que visitar el ayuntamiento primero, y tal vez incluso después con la prueba de pago.
Inscribir su escritura en el Registro de la Propiedad
Usted es libre de inscribir su escritura en el registro de la propiedad una vez pagado el ITP. Aunque la ley no le obliga a inscribirlo, hay ventajas relacionadas con ello, como que se le considerará el único y verdadero propietario del inmueble.
- Estarás protegido de los posibles acreedores del vendedor
- Nadie más puede registrar su propiedad sin su consentimiento.
- Ahora podrá adquirir préstamos sobre el inmueble.
Cuanto antes haga la inscripción del inmueble en el registro de la propiedad, más ventajoso será para usted
Para inscribir su inmueble en el registro de la propiedad necesitará lo siguiente:
- Las escrituras originales (copia autorizada).
- Recibo que acredite el pago del ITP.
- Copia del último recibo del IBI.
- Fotocopia del documento de identidad
- NIE o NIF si procede
El proceso de inscripción de su propiedad se completará en un plazo de 15 días, tras lo cual podrá recoger las escrituras (copia autorizada). En caso de que el proceso de inscripción falle, se le informará a tiempo y se le comunicará lo que debe hacer para que se pueda rehacer correctamente.
Actualización en el Registro de la Propiedad
Debes comunicar al Catastro que eres el nuevo propietario de la vivienda en los dos meses siguientes a la firma de las escrituras. Si no lo haces, el ayuntamiento no podrá cobrar las tasas municipales (IBI), y caerás en intereses e incluso en un embargo si te retrasas en los pagos.
El mejor lugar para actualizar el catastro es el ayuntamiento. Lleve consigo una copia de la escritura, una copia de su documento de identidad y su número de NIE. Además, facilite al catastro su dirección postal si es distinta a la del inmueble y los datos de su cuenta bancaria para poder domiciliar el pago.
Cambio de titular de los contratos de luz y agua anteriores o enganche a los nuevos servicios
Después de tomar posesión de la vivienda, proceda a contratar los servicios de agua, electricidad, teléfono y gas. Asegúrese de que tiene al menos dos opciones para comparar a la hora de contratar estos servicios.
La opción más sencilla y económica es hacerse cargo de los contratos de los vendedores, con lo que se ahorra dinero al no tener que establecer nuevos contratos. Para ello, necesitarás copias recientes de cada contrato del vendedor y luego te pondrás en contacto con la compañía de servicios con todos los detalles y les informarás del cambio dándoles datos como el nombre, la dirección, el número de NIE y los datos bancarios. . Por lo general, es posible proporcionar una dirección de correspondencia en el Reino Unido si es allí donde desea que le envíen las facturas. También puede realizar estos cambios acudiendo a la oficina de atención al consumidor más cercana de cada empresa de servicios públicos o, en algunos casos, por Internet.
La mayoría de las empresas de servicios públicos cobran bimensualmente o mensualmente. Cada empresa tiene un proceso diferente para establecer los contratos, que comienza con la presentación de una solicitud en línea o con una llamada o visita a sus oficinas.
Se le pedirá que proporcione su nombre, número de NIE, dirección de la propiedad, datos de la cuenta bancaria y una copia de las escrituras.
- Si los suministros son de una vivienda de nueva construcción, deberá presentar una licencia de primera ocupación.
- En el caso de una propiedad de reventa que ya ha recibido facturas de los suministros básicos anteriormente, no es necesario presentar la licencia de primera ocupación.
Es conveniente que tenga disponible varias fotocopias de su pasaporte, especialmente cuando se trate de las compañías de servicios públicos, porque es posible que se lo pidan. Cuando se realizan nuevos contratos, es posible que un técnico tenga que desplazarse para comprobar el contador, y puede que cobren entre 50 y 100 euros por cada nuevo suministro.
Comunidad de Propietarios
Si la vivienda que ha adquirido forma parte de una comunidad de propietarios, facilite al administrador los datos de su cuenta bancaria para que le cobren las cuotas de la comunidad y pueda participar en el proceso de gestión si está interesado.